Entrevista a Alberto Sanabria

El artista en la orfandad

Maestro en Arte Dramático de la Universidad de Antioquia y la Enad, Alberto Sanabria es uno de los puntales de la lucha por los derechos de los artistas. Se ha desempeñado como director de teatro, docente universitario en actuación escénica, así como en el área de legislación y políticas culturales. Desde 2001 presta sus servicios profesionales a la Fundación para el Fomento de la Lectura FUNDALECTURA, en donde se ha desempeñado como Subdirector de Comunicación y Medios y Subdirector Legal y Financiero, cargo que ocupa actualmente y que alterna con sus cátedras de legislación cultural y derechos culturales. Aquí hace luces sobre el fenómeno del desamparo que padecen los hacedores de belleza.

¿Qué factores han solidificado la extrema orfandad y desprotección social de los artistas colombianos?

Voy a comenzar esta entrevista recordando una fábula de La Fontaine que, como todas las fábulas, es producto de los valores predominantes en una determinada sociedad, y por lo tanto nos puede servir para ilustrar el problema. Se trata de “La hormiga y la cigarra”, en la que la cigarra luego de pasar el verano retozando y ufanándose de su arte, se ve obligada durante el invierno a pedirle provisiones prestadas a la hormiga, quien, a pesar de tenerlas guardadas en abundancia, se niega rotundamente a prestarle la más mínima ayuda a la cigarra le dice que siga bailando a ver si de ahí le sale algo de comer. Recuerdo que la moraleja de esta fábula no iba en contra del egoísmo de la hormiga, sólo condenaba la actitud poco previsiva de la cigarra: “no dediques todo el tiempo sólo al placer y a la diversión, trabaja y ahorra para los tiempos de escasez”.

Esta concepción del arte como forma de perder el tiempo todavía sigue vigente en nuestra sociedad, por lo que no nos extrañe que escribir en los formularios de solicitud de préstamos la palabra artista en el espacio destinado a profesión, sea muchas veces un motivo de rechazo. El desconfiado empleado bancario nos pedirá otras pruebas de solvencia económica.

Por otro lado la precaria valoración social del trabajo de los artistas se ve en la dificultad para obtener una compensación justa por el mismo. Se diría que esto ha cambiado últimamente y que para la muestra miremos las jugosas ganancias de las estrellas de la música y la actuación o que veamos lo que puede llegar a costar un cuadro en el mercado del arte que se ha convertido en una de las opciones más rentables de inversión. Diríamos no obstante que en gran medida este es un efecto mediático que favorece a una mínima parte de los artistas. Aquí el arte se convierte en herramienta de promoción publicitaria o de especulación financiera, pero eso no soluciona el problema de la condición social del artista.

A esto se suma la generalizada desprotección social de toda la población en Colombia, gracias al modelo que entró a Latinoamérica, inicialmente importado por Pinochet en Chile y luego fue extendido a los otros países de la región. Gracias a ese modelo, de una parte el servicio de salud se convirtió en un negocio privado obligado a producir el máximo de rentabilidad, razón por la cual los médicos de las EPS (Empresas Prestadoras de Salud) tienen prohibido sostener citas superiores a 15 minutos y ordenar medicamentos más costosos que el acetaminofén, mientras que es necesario recurrir a mecanismos como la tutela para obtener la prestación de servicios médicos costosos. De otra parte la figura de los Fondos de Pensiones se convirtió en un sistema de ahorro que cada vez se vuelve más lejano en su posibilidad de hacerse realidad como forma de retiro. ¿Por qué los artistas tendrían un tratamiento especial?, se diría. A esto contestaríamos que la mayoría de ellos tienen que sobrevivir como trabajadores independientes obligados a pagar un altísimo porcentaje de sus ingresos por un pésimo servicio de EPS y por una pensión que será prácticamente imposible de obtener. Esos ingresos, generalmente modestos, provienen muchas veces de esporádicos contratos de prestación de servicios para cuyo pago deben acreditar el aporte correspondiente a la EPS y al Fondo de Pensiones.

¿Qué derechos y prebendas cobija la llamada profesionalización de los artistas?

El sociólogo francés Pierre Bourdieu escribió en 1979 un artículo al que tituló Los tres estados del capital cultural, en relación con el conocimiento y habilidades del ser humano. Dichos estados son: el incorporado, es decir el que tiene el ser en sí mismo, en su mente, en su cuerpo, por vía de aprendizaje y experiencia; el objetivado, representado en apoyos materiales, como escritos, pinturas, etc., que se poseen y podríamos ir más allá agregando los que se producen; y el institucionalizado, es la objetivación del capital cultural bajo la forma de títulos académicos que confieren a sus portadores un valor convencional constante y jurídicamente garantizado.

La profesionalización es, siguiendo a Bourdieu, un estado de capital cultural, que tiene efectos sociales y económicos, en la medida que permite el acceso a puestos de trabajo o a oportunidades de ingreso a una institución de educación superior para adelantar estudios de postgrado. Sin embargo, es necesario entender que una política seria de profesionalización no debe olvidar que para otorgar este tipo de capital es necesario verificar la existencia de por lo menos el capital incorporado, para evitar que el oportunismo o el diletantismo desacrediten un mecanismo de profesionalización que por mucho tiempo ha sido buscado y que sólo hasta ahora parece que se va a ser realidad.

¿Es probable que todas las artes se integren algún día para llegar más lejos en el reconocimiento de sus derechos?

Si entendemos que la pregunta se refiere a la integración de los artistas, yo preferiría decir que más que probable, es necesario para defender derechos de trabajadores que son estigmatizados y, de alguna manera, saboteados por quienes vean amenazados sus intereses económicos.

No obstante todas las dificultades, la asociación de los artistas alrededor de sus intereses es, sino la única, la más eficaz forma de lograr el reconocimiento y protección de sus derechos. De ello pueden dar fe experiencias de otros países como Estados Unidos, México, Chile o Brasil, en donde los sindicatos de los artistas se encargan de protegerlos de los abusos contractuales de las grandes productoras.

¿Lo que lograron los artistas de la danza y el teatro es ya una ley? ¿Qué significa y desde cuándo se empiezan a cristalizar cotidianamente sus resultados?

La ley 1170, también llamada ley del teatro colombiano, no es propiamente un logro de los artistas. Me atrevería a decir que es el logro de un honorable representante a la Cámara bien intencionado que, quiso rendir homenaje a los teatreros colombianos, tal vez para granjearse sus afectos y simpatías, más que sus votos, pues presentimos que este es un sector más bien abstencionista.

Desafortunadamente las buenas intenciones no son suficientes para lograr una gran empresa y eso se ve en este fallido intento. De hecho la ley del teatro no pasa de ser una ley de honores más, como las que el legislativo expide en los centenarios de los municipios y que dicen que el ejecutivo destinará recursos públicos para hacer obras allí, de acuerdo con las disponibilidades presupuestales, y todo llega hasta allí, pues nunca va a haber disponibilidad.

Para que la historia hubiera sido distinta, la ley hubiera debido contener los mecanismos de financiación definidos en ella misma, pero eso no ocurrió, como sí ocurrió, por ejemplo con la ley de cinematografía. Por ello lamento decir que nunca veremos cristalizar ninguno de los efectos de esa ley. Entiendo que hay un proyecto de danza impulsado por el mismo representante. Ojalá que en esta ocasión haya mejores resultados.

¿Cómo hacen las legislaciones europeas y todas las del llamado mundo desarrollado para proteger a sus artistas?

En Europa existe un ejemplo de legislación de protección a los trabajadores del espectáculo y las artes audiovisuales en el régimen de los intermitentes de Francia que les garantiza tanto a los artistas como a los técnicos una protección permanente en salud a pesar de la intermitencia de su labor, la cual es reconocida como connatural al ejercicio de este tipo de trabajo, en tanto que el intérprete de las también llamadas artes performáticas no siempre puede estar en temporada, pues debe dedicar gran parte de su tiempo al trabajo silencioso de los ensayos. Este sistema de beneficios, sin embargo, de vez en vez se ve en peligro, en gran parte por los fraudes de oportunistas que queriendo disfrutar del mismo presentan certificaciones falsas de número de horas sobre el escenario, que es una de las condiciones para ser beneficiario y mantenerse. A esto se suma la presión económica que hace que el gobierno piense en restringir y hasta suprimir dicho régimen.

Un sistema también francés de protección de los derechos de artistas es el Droit de suit que surgió para proteger a los pintores y en general autores de obras plásticas. Consiste en que el artista autor de una obra, o en su lugar sus herederos, deben recibir un porcentaje de la venta de su obra cuantas veces esta sea vendida.

De otra parte en la UNESCO el tema de la condición del artista también ha sido objeto de reflexión, a lo que se debe la Recomendación relativa a la condición del artista producida en Belgrado en 1980, que no tiene fuerza vinculante y por lo tanto no es de obligatoria aplicación, pero sí ha ejercido influencia últimamente en las legislaciones que se han producido, como por ejemplo la ley que regula las condiciones de trabajo y contratación de los trabajadores de artes y espectáculos de Chile, promulgada en octubre de 2003.

¿Qué iniciativas existen, desde el Área de Literatura, en pos del reconocimiento profesional de los artistas?

Aunque esta es una pregunta más para el Ministerio de Cultura que está liderando el proceso de profesionalización de artistas con el Programa Colombia Creativa, hasta donde sé el programa está enfocado en las áreas de música, danza y teatro. No tengo conocimiento de los avances en este sentido para el área de literatura.

(E-mail: albertosanabria@hotmail.com)